Cuidadito con los coches parados en las proximidades de la vía en zonas de velocidad limitada... puede ser el radar |
Conscientes de ello, la Dirección General de Tráfico, de nuevo en manos de nuestro "querido" Pere Navarro, va a reforzar la vigilancia de las vías, buscando evitar accidentes... a base de denuncias, claro.
Nuevos aparatos de radar, más helicópteros equipados con Pegasus, drones con los que vigilarnos a distancia.... Hay que ir con cuidado amigos: para evitar accidentes (lo más importante) y para que no nos metan la mano en el bolsillo (algo no menos futil).
El nuevo Velolaser es pequeño, discreto... y letal para el bolsillo. No corráis y no os picará... |
Como podéis ver, según más te pases, más cuantía y pérdida de puntos... hasta delito. Sí, sí, delito amigo: no sólo pierdes el carnet y un buen pellizco de dinero, también antecedentes penales. Así que controlad los excesos.
Sin sanción. Siempre que no se sobrepase MÁS DE 7 Km/h o un 8% a partir de 100km/h lo que pone las señales de velocidad, o la velocidad genérica de la vía (sí eso que nos enseñaron en la autoescuela y olvidamos al meternos el carné en el bolsillo)
100€, 0 puntos. Bien, aquí tenemos el primer "tramo": cuando sobrepasas lo permitido ENTRE 8 (o más del 8%) Y 30 km/h
300€, 2 puntos. Aquí ya empieza a picar: más de 31 a 50 km/h.
400€, 4 puntos. De 51 a 60 km/h de exceso.
500€, 6 puntos. De 61 a 70 km/h de exceso.
600€, 6 puntos. Más de 71 km/h.
DELITO PENAL. Más de 91 km/h ya entra el delito... juicio, abogado, antecedentes penales...
Advertios que esto es lo oficial, lo que dice la DGT... pero recordad que en las Comunidades Autónomas de Cataluña, País Vasco y Navarra tienen transferidas las competencias de Tráfico... y que pueden modificar teóricamente algunos de estos datos.
Con cuidadito ¿vale? Que quiero que me leáis un poco más...
SI MOTEAS, NO CORRAS
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