03 mayo 2018

Jerez 2018. SI MOTEAS, NO CORRAS... Tablas de velocidad y sanciones

Cuidadito con los coches parados en las proximidades de
la vía en zonas de velocidad limitada... puede ser el radar
Llega el primer GP de los que se celebran en España, el ya legendario en Jerez de la Frontera. Como todos los años miles y miles iremos de "peregrinación motera" a uno de los circuitos con mas solera y carisma de los que forman el Mundial de MotoGP... si no el que mas. Y con ello también la Dirección General de Tráfico montará su dispositivo especial para que todos, TODOS, lleguemos y volvamos sin incidencias. Como podéis imaginar, cientos de controles de documentación, ruido, alcoholemia y drogas, estado de la moto y velocidad se van a realizar en las rutas principales y alrededores del circuito. Así que, por favor, procurad ser conscientes, divertíos en sitios donde no haya que conducir y procurad no ser víctimas de excesos... por vosotros y los que tenéis alrededor. ¡Ah! Y ayudad en lo que podáis a la policía y sobre todo a la Guardia Civil, que no están ahí para vaciarnos el bolsillo sino para ayudarnos a llegar y volver enteros. No os cortéis y saludadles... ¿vale?


El nuevo Velolaser es pequeño, discreto...
y letal para el bolsillo. No corráis y no os picará...
Bueno, como presumo que vuestra motocicleta está correcta (ITV, seguro, luces, matrículas en su sitio, neumáticos en buen estado y de medidas correctas...) y tenéis el carnet de conducir renovado, vamos a centrarnos en la velocidad, caballo de batalla de la DGT. Aquí una tabla de según qué velocidad cuánto se nos puede multar, y un añadido de los máximos admitidos si llevamos otro tipo de vehículos. Eso sí, os advierto que es EN VÍAS CONSIDERADAS CARRETERA. Si son casco urbano los límites "por abajo" pueden ser todavía menores:





Como podéis ver, según más te pases, más cuantía y pérdida de puntos... hasta delito. Sí, sí, delito amigo: no sólo pierdes el carnet y un buen pellizco de dinero, también antecedentes penales. Así que controlad los excesos.

Sin sanción. Siempre que no se sobrepase MÁS DE 7 Km/h o un 8% a partir de 100km/h lo que pone las señales de velocidad, o la velocidad genérica de la vía (sí eso que nos enseñaron en la autoescuela y olvidamos al meternos el carné en el bolsillo)
100€, 0 puntos. Bien, aquí tenemos el primer "tramo": cuando sobrepasas lo permitido ENTRE 8 (o más del 8%) Y 30 km/h
300€, 2 puntos. Aquí ya empieza a picar: más de 31 a 50 km/h.
400€, 4 puntos. De 51 a 60 km/h de exceso.
500€, 6 puntos. De 61 a 70 km/h de exceso.
600€, 6 puntos. Más de 71 km/h.
DELITO PENAL. Más de 91 km/h ya entra el delito... juicio, abogado, antecedentes penales...



Advertios que esto es lo oficial, lo que dice la DGT... pero recordad que en las Comunidades Autónomas de Cataluña, País Vasco y Navarra tienen transferidas las competencias de Tráfico... y que pueden modificar teóricamente algunos de estos datos.


Con cuidadito ¿vale? Que quiero que me leáis un poco más... 


SI MOTEAS, NO CORRAS





Todos mis envíos largos:  LOS ESPECIALES DE MIGUELXR33

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