
Además, en el comunicado insisten en que "hasta la fecha, la única instrucción escrita conocida por la Unión de Oficiales data del año 2006" y además recuerdan otra orden del 26 de noviembre del 2010, por la que se regula el control metrológico del estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de la circulación de vehículos a motor, en que se indica que "para instalaciones fijas el radar puede actuar al rebasar los 116 Km/h, y a 118 Km/h en el caso de instalaciones móviles, para limitaciones de 110 Km/h".
Por lo tanto, esta coexistencia de órdenes verbales y escritas contradictorias que la UOGC denuncia en su comunicado está generando una gran confusión entre los Jefes de los Destacamentos de Tráfico e la Guardia Civil que no saben con certeza que límite aplicar. "De este modo nos podemos encontrar con que hayan conductores que son sancionados al rebasar los 116, otros al rebasar los 121 y otros los 132, lo que supone un trato discriminatorio, en función de la provincia en la que se circule", concluye la nota.
Fuente: portalmotos.com
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